comisionesNiñezSí, a los entornos seguros para los menores

Sí, a los entornos seguros para los menores

 La vulneración de los derechos de los niños es una realidad en Colombia, es por esto que muchas organizaciones internacionales han señalado que ser niño en nuestro país es un peligro y las cifras así lo prueban.

De acuerdo con registros estadísticos del Instituto Nacional de Medicina Legal, el año pasado se registraron más de 19 mil casos de abusos sexual contra menores, es decir, 53 casos por día y este año ya se han registrado 5.889 casos, lo que representa el 80% de los casos totales de abuso sexual.

Ante este panorama en 2018 se aprobó la ley 1918 por medio de la cual se creó el Registro de Inhabilidades para quienes hayan sido condenados por delitos sexuales cometidos contra menores y de esta forma protegerlos de posibles agresores.

Sin embargo, en 2020 la Corte Constitucional determinó que el Congreso de la República era la entidad competente para definir los cargos, oficios o profesiones, que debían tenerse en cuenta en esa inhabilidad y que esto no era competencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, por lo que fue necesaria una nueva ley para dar cumplimiento a este mandato. La cual logró culminar su trámite en el Congreso hace algunas semanas, y que permitirá que sea una realidad la protección de los menores a través de la garantía de entornos seguros para su bienestar.

“A partir de ahora ninguna persona que haya sido condenada por delito sexual podrá trabajar en espacios que tengan contacto con los menores de edad, esto significa proteger los entornos de nuestros niños, niñas y adolescentes de Colombia”, afirmó la representante conservadora Ruth Amelia Caycedo.  

Entre los trabajos autorizados en la nueva ley para la inhabilidad se incluyen profesiones como la de docentes, directivos, orientadores, personal administrativo y cualquier otro personal que esté relacionado con instituciones educativas. Estas inhabilidades serán aplicables para trabajar tanto en entidades públicas o privadas, sin importar si la labor es o no remunerada.

Delitos sexuales contra menores

Durante este año, los menores de 10 a 14 años han sido las principales víctimas de abuso sexual en el país, con un total de 3.121 casos, seguidos por el grupo de 5 a 9 años que ha reportado 1.293 casos. En lo que se refiere al lugar donde más ocurre este delito se encuentran, la vivienda y los centros educativos, por lo que para los representantes es importante la implementación de este registro de inhabilidades como medida preventiva en los entornos educativos.

Durante la aprobación del proyecto, Erika Sánchez, representante y presidente de la Comisión de Infancia y Adolescencia, expresó que el Congreso está comprometido con el bienestar de los niños en Colombia. «Este proyecto busca asegurar entornos seguros para los niños y evitar la presencia de agresores en las aulas y lugares destinados a proteger sus derechos fundamentales. “El Congreso está comprometido con la niñez, con este proyecto le garantizamos a los niños de Colombia entornos protectores, no vamos a permitir que haya más violadores dentro de las aulas de clases y sobre todo en los lugares que tienen que proteger los derechos fundamentales de la niñez”. 

Ante esta situación se debe considerar el peligro que corren los niños y la posibilidad de que los agresores sexuales vuelvan a cometer delitos. Según datos del INPEC, el 9% de los presos por crímenes sexuales contra menores son reincidentes, por ello, este proyecto tiene como objetivo mantener alejadas a estas personas de sus potenciales víctimas.

El Sistema de Alertas del Distrito Capital, es una herramienta tecnológica que permite reportar y hacer seguimiento a los hechos de violencia sexual en entornos educativos donde, además, el año pasado se registraron 2.411 casos de abuso; 2.050 de estos hechos presuntamente ocurrieron en el interior de las instituciones educativas y en redes sociales, por parte de docentes o compañeros de estudio y en salidas pedagógicas.

Para los representantes autores de esta iniciativa, estas cifras permiten justificar la exigencia de idoneidad de quienes desempeñan actividades de cuidado en los entornos de formación de los niños y niñas y esta es una medida de prevención y protección frente a aquellos escenarios en los que se encuentren más vulnerables y donde permanecen la mayor parte del tiempo.

La ley aprobada en su último debate por la Cámara de Representantes, también establece sanciones para las entidades públicas o privadas que contraten a personas que se encuentren inhabilitadas por delitos sexuales cometidos contra menores. La multa podrá ser entre cincuenta (50) y quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes y los recursos que se recauden por esta causa se destinarán a la financiación del funcionamiento y promoción del registro de inhabilidades por delitos sexuales contra menores de edad, y al Fondo contra la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes.

Al respecto la representante Erika Sánchez afirmó, “En Colombia cada hora hay 5 casos de abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes, muchos de los cuales quedan en la impunidad, muchos de los pedófilos y asesinos están en las calles, tenemos que legislar para que nuestros niños estén seguros en los colegios”.  

Por su parte el docente de la Universidad Nacional y abogado especialista en derechos de infancia y adolescencia, Alejandro Ruiz, mencionó como esta iniciativa está alineada con mandatos internacionales. “La Asamblea de Naciones Unidas en febrero de 1998 creó un decálogo para la prevención de la violencia sexual, en este decálogo se establece que se pongan en práctica programas pertinentes de educación pública y se establezcan acciones para prevenir que personas declaradas como culpables por delitos sexuales estén cerca de los menores. En ese sentido uno de los elementos centrales de la prevención es crear entornos seguros, por lo que este proyecto de ley logra crear esos entornos para los niños, niñas y adolescentes.

De acuerdo con las investigaciones realizadas por Medicina Legal solo el 12 % de los casos de abuso sexual infantil son reportados a las autoridades, con esta ley se busca concientizar sobre la dimensión de esta problemática y dejar de normalizar este tipo de conductas.  “Se nos volvió normal ver como asesinan a los niños, como llegan niños muertos a los hospitales con síntomas de abuso y el sistema judicial no hace nada”, concluyó la representante Erika Sánchez.

Con esta iniciativa aprobada se reglamenta uno de los puntos centrales de la ley que creó el registro de inhabilidades por delitos sexuales, el cual tendrá una sección especial en el certificado de antecedentes judiciales de carácter reservado que contendrá la inhabilidad para ejercer cargo, profesión u oficio que implique relación directa y habitual con menores de edad.

Además, establece que será el juez quien determinará la relación directa y habitual con menores de edad del condenado, para imponer la inhabilidad para ejercer cargos, oficios o profesiones que estén relacionados con delitos sexuales contra menores. Esta verificación en el registro deberá actualizarse cada cuatro meses después del inicio de la relación laboral y será la Policía Nacional, la entidad encargada de administrar la base de datos personales, de quienes hayan sido declarados inhabilitados por delitos sexuales contra menores de edad.

“Sin lugar a dudas lo que aprobamos constituye no solo la seguridad de los entornos de nuestras niñas, niños y adolescentes, sino también una estadística importante para la protección de nuestros niños”, señaló la representante nariñense Ruth Amelia Caycedo.

Cabe resaltar que la inhabilidad planteada se establece no solo para el trato directo, contacto o la interacción personal. También aplica para cualquier tipo de relación a través de medios tecnológicos, que se genere en el ejercicio del cargo, profesión u oficio, de forma frecuente con menores de edad.

 

 

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