
Una ley que busca la igualdad de género en las Fuerzas Militares
Por autoría de la representante a la Cámara, Katherine Miranda, se tramite un proyecto que busca regular la situación militar de personas transgénero.
Por: Argemiro Piñeros Moreno
Cuando el 4 de julio de 1991 se promulgó la nueva Constitución Política por la que se empezaría a regir la República de Colombia, se abría un largo camino para consolidación de muchos derechos que hasta ese momento eran lejanos de que se cumplieron, como por ejemplo la igualdad en un país que se había caracterizado por ser inequitativo en todos los aspectos y no sólo por la gran brecha entre ricos y pobres.
Hoy 33 años después el país se ha consolidado como uno de los más garantistas de la región, por lo que gracias a eso la comunidad LGBTIQ+ (lesbianas, gays, transgéneros, transexuales, bisexuales, intersexuales, queer y el resto de identidades y orientaciones incluidas en el +), han podido reinvindicar parte de sus derechos.
Y ese tema no ha sido lejano al discurrir del trabajo legislativo del Congreso de la República, en donde se han dado trámite de importantes proyectos, como por ejemplo el que se encuentra en este momento en discusión “Por medio de la cual se modifica la Ley 1861 de 2017, se regula la situación militar de personas transgénero; y se dictan otras disposiciones”.
El mismo es de autoría de la representante por Bogotá y militante de la Alianza Verde, Katherine Miranda, quien sostiene que “la población trans se ha convertido en una abanderada de los derechos de la comunidad LGTBQI+ por eso propongo que su incorporación a prestar el servicio militar sea regulado”.
Había sido tradicional que en Colombia el Ejército, la Policía Nacional, la Fuerza Aérea y la Armada Nacional, estuvieran compuestas sólo por hombres, pero se ha logrado que ya en las mismas estén presentes, incluso en altos rangos las mujeres.
Ahora, según expresa la representante Miranda es necesario abrir esa posibilidad de la comunidad trans. “El proyecto tiene como objetivo modificar la Ley 1861 de 2017, que es la norma que reglamenta el servicio de reclutamiento, control de reservas y la movilización en Colombia. La iniciativa legislativa persigue principalmente regular la situación militar de hombres transgénero; y modificar el término “los varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino”, por mujeres transgénero; debido a que es este el vocablo adecuado para referirnos a esta población”.
La iniciativa es precisa en señalar que no contempla que los hombres transgénero puedanprestar el servicio militar voluntario, se regula realizando las siguientes estipulaciones, como por ejemplo permitir que los hombres trans, puedan prestar el servicio militar de manera voluntaria.
También que pueden decidir y encontrarse aptos para la prestación del servicio militar, cuenten con las garantías y protección de sus derechos fundamentales, especialmente sus derechos a la igualdad y no discriminación.
La representante Miranda declara que “el proyecto de ley incluye la obligación del Ministerio de Defensa Nacional para que sea este quien reglamente la norma, implementado los protocolos y/o medidas con miras a que se respeten los derechos de esta población cuando ingresen al servicio militar voluntario”.
Se estima que esta ley irá a beneficiar al menos a unas diez mil personas, “toda la población trans de Colombia será beneficiaria, en el país se estima que el 0.05 % de la población se identifica como transgénero, lo cual equivale a 10.000 personas”, indicó la representante.
Al resaltar el por qué se debe cambiar lo que señala en la actualidad la ley del servicio militar en lo referente a que “los varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino, por mujer transgénero es relevante”, la representante Miranda indica que “el artículo 12, literal k) de la Ley 1861 de 2017 señala que estarán eximidos de la prestación del servicio militar obligatorio aquellos varones colombianos que después de su inscripción hayan dejado de tener el componente de sexo masculino, cuando en su lugar debe referirse a mujeres transgénero”.
Para Miranda “la resistencia a utilizar las palabras “mujer transgénero” en la Ley es discriminatorio, pues a lo largo del literal k) siempre se refieren a las mujeres trans, como varones y sexo masculino, cuando sabemos que se hombre o mujer transgénero; la Ley no puede ser medio para propiciar escenarios de negación y discriminación”.
Para la autora del proyecto, “el Congreso debe trabajar en la reducción de las brechas de desigualdad y discriminación contra la población transgénero. Máxime cuando la Ley tiene omisiones importantes que inciden negativamente en quienes se identifican como trans”.
En la exposición de motivos, la representante de la Alianza Verde, recuerda que en Colombia para el año 2020 por lo menos 32 personas fueron asesinadas por el hecho de ser transgénero, “esto es un llamado a la reflexión y a la inclusión, no es posible invisibilizar los derechos y las necesidades legales que subsisten en las normas.
Este proyecto de ley permitirá que las personas trans puedan ser libres en la elección sobre prestar o no el servicio militar, siempre que se haya garantías sobre su integridad y derechos fundamentales en los espacios en donde los desarrolle”.
La congresista insiste que “esta iniciativa legislativa es importante porque permitirá abordar con mayor facilidad su inclusión laboral, pues frente al derrumbamiento de barreras, esta población podrán agilizar sus trámites legales respecto de la situación militar; lo que les permitirá acceder al mundo laboral”.
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