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La violencia vicaria, una forma de agresión contra la familia

La violencia vicaria es un término nuevo utilizado en el ámbito de la violencia de género, con el cual se define la violencia que utiliza un progenitor atacando a su hija o hijo, con el objetivo de causar dolor a su pareja o expareja.

Por: Nubia Stella Parra

La violencia vicaria es un término nuevo utilizado en el ámbito de la violencia de género, con el cual se define la violencia que utiliza un progenitor atacando a su hija o hijo, con el objetivo de causar dolor a su pareja o expareja.

Este fenómeno es una de las violencias más crueles que se ejercen en el ámbito familiar, causa un daño psicológico irreparable a los menores y al padre o la madre afectada. La presión ejercida puede llevar a la violencia física por parte del agresor a su familia. En esta situación se instrumentaliza y maltrata a los hijos o a cualquier miembro de la familia con palabras y tortura psicológica.

El sistema normativo colombiano ha propendido por proteger los derechos de la familia, niños y mujeres, es así como mediante la Ley 2126 de 2021, que regula el funcionamiento de las comisarías, se dispuso en el artículo 5, parágrafo 1, que: “el comisario o comisaria de familia se encargará de prevenir, garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes cuando se presenten vulneraciones o amenazas de derechos dentro del contexto de la violencia familiar, excepto cuando se trate de cualquier forma de violencia sexual.

Con esta medida de protección se debería garantizar una respuesta oportuna ante cualquier amenaza. Los comisarios de familia están en la obligación de lanzar una alerta e imponer una medida de protección provisional en favor de las víctimas luego evaluar los hechos y pruebas de la situación que se denuncia. Pero, lamentablemente, no sucede así; en la mayoría de los casos hay demora en los trámites y muchas de las víctimas y sus familias han sido  acosadas o asesinadas por los victimarios.

Entre las normas que establecen la prevención y sanción de la violencia intrafamiliar, también se puede citar la Ley 294 de 1996, que estableció políticas administrativas y judiciales para la protección de la familia, la cual fue modificada por la Ley 1257 de 2008, que dictó las normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, lo que originó la modificación al Código Penal y la misma Ley 294/96.

Ante la variedad de normas existentes que velan por la protección a las mujeres y la familia, motivó a la representante por Cundinamarca, Leider Alexandra Vásquez Ochoa, del Pacto Histórico, a radicar un proyecto de ley que incorpora al ordenamiento jurídico colombiano la violencia vicaria,  lo que permitirá prevenir y atender de forma integral este tipo de casos, con el fin de hacer efectiva la justicia, la reparación, restauración y no repetición a las víctimas de este tipo de violencia en el marco de protección de los Derechos Humanos.

Dentro del articulado del proyecto se establece, además, la formación obligatoria sobre los derechos de las mujeres, identidad de género, enfoque de género y violencias basadas en género, para los funcionarios públicos en todos los niveles y jerarquías del Ministerio Público, Policía Nacional, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Inspecciones de Policía, Comisarías de Familia y entidades de la Rama Judicial.

Según la Fundación Colombiana contra la Violencia Vicaria se calcula que, en promedio, existen 498 casos de este tipo de violencia que no son registrados legalmente, debido a que en Colombia este tipo de violencia aún no es reconocida como delito.

Para la congresista Vásquez, es importante incluir dentro del ordenamiento jurídico colombiano el delito de violencia vicaria para proteger a las mujeres y a las familias con el fin de disminuir los riesgos para las víctimas, por lo que se agrega un artículo que compromete a los medios de comunicación, en especial a la Radio Nacional, para que realice la producción y emisión de contenido pedagógico con el objetivo de erradicar la violencia contra las mujeres. También ordena las medidas de protección contra este tipo de violencia intrafamiliar brindando protección temporal a las víctimas por parte de las autoridades competentes, con restricción de visitas y custodia del posible agresor.

Otra de las importantes medidas prohíbe al agresor “esconder o trasladar de la residencia a los niños, niñas y personas discapacitadas en situación de indefensión, miembros del núcleo familiar, sin perjuicio de las acciones penales a que hubiere lugar”.

Registro de la violencia vicaria

Conforme lo establece el artículo 9 del Proyecto de Ley 410 de 2023 Cámara, se creará un registro de violencia vicaria donde entidades como el DANE, Ministerio de la Igualdad, Alta Consejería para la Mujer, Ministerio de Justicia, ICBF y el Instituto Nacional de Medicina Legal, deberán asesorar la incorporación al Sistema de Registro Unificado de Casos de Violencia contra la Mujer, organismo que permitirá recolectar, procesar, registrar, analizar, publicar y difundir información periódica y sistemática sobre la violencia vicaria, monitoreando los factores de riesgo e impacto de la medida sobre las mujeres, sus hijos y sus familiares.

Aunque el proyecto va más direccionado a las mujeres, no se ignora que dicha situación también se presente en hombres, sin embargo, se menciona que las cifras más altas se evidencian en la población femenina. Para la autora del Proyecto, lo que se pretende es generar un sistema de prevención que permita atender esta problemática.

Aunado a la iniciativa presentada, la representante Vásquez quiere resaltar la institucionalización del Día contra la Violencia Vicaria, con el fin de que se declare el 11 de mayo como fecha nacional contra este tipo de violencia.

Foto de portada: Europa Press

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