Desaparición forzada: la lucha de las mujeres buscadoras
Según estudios de la Fundación Nydia Erika Bautista (FNEB), en el 95 % de los casos son las mujeres quienes asumen la búsqueda de los desaparecidos.
Por: Natalia Portela
La desaparición forzada en Colombia es uno de los flagelos causados en el marco del conflicto armado. Actualmente, es un crimen de lesa humanidad y un delito prohibido de manera expresa por la Constitución Política en su artículo 12.
A partir del año 2000, la desaparición forzada fue consagrada como delito autónomo del secuestro mediante la Ley 589, artículo 165 del Código Penal Colombiano, lo que implica que las personas buscadoras de víctimas hayan adquirido esta misión de búsqueda de familiares como un gran desafío, visiblemente sin recursos, junto con el enfrentamiento de un duelo que parece interminable. Según la Fiscalía General de la Nación, el 99% de los casos de desaparición forzada están en total impunidad hasta 2021, lo que evidencia la falta de apoyo y respuesta institucional adecuada por parte del Estado.
La Comisión de la Verdad en su Informe Final afirmó que “entre 1985 y 2016 existen alrededor de 121.768 personas que fueron desaparecidas forzosamente en Colombia”. Sin embargo, advierte que las dificultades en la denuncia y acceso a la justicia implicarían que el universo de víctimas pueda ser mucho más amplio de lo que se registra, por lo que se estima que puede llegar a las 210.000 víctimas.
Adicionalmente, según la Comisión de la Verdad, “los principales responsables son los grupos paramilitares (en la mayoría de casos con tolerancia, complicidad o aquiescencia por parte del Estado) con aproximadamente el 52 % de las víctimas, seguidos de las FARC-EP, el 24 % de responsabilidades (sumando las víctimas de ELN y otras guerrillas, se llega al 27 %)”.
Para reivindicar el trabajo de estas mujeres y personas buscadoras de víctimas, defender sus derechos y reconocer el importante papel que han desempeñado durante estos años, el 6 de diciembre de 2022 se planteó a la Mesa Directiva de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes el Proyecto de Ley No. 242 de 2022, “por medio del cual se reconoce y protege de forma integral la labor y los derechos de las mujeres buscadoras de víctimas de desaparición forzada”.
El Proyecto de Ley 242 de 2022 ya fue aprobado en esta Comisión y actualmente se encuentra en espera para ser sometido a debate en la plenaria de la Cámara. Aunque este proyecto no se alcanzará a tramitar en esta legislatura, se espera que siga avanzando y sea aprobado posteriormente en el Senado.
Las mujeres buscadoras
De acuerdo con el artículo 3 del proyecto, “Se denomina a mujeres buscadoras aquellas que, de forma individual y/o colectiva, se han dedicado en forma continua y sustancial a la búsqueda de víctimas de desaparición forzada”, conforme al artículo 165 de la Ley 599 de 2000 y en el marco de los tratados internacionales ratificados por Colombia. En esa misma línea, según la FNEB, son las madres, quienes en un 59 %, han asumido este rol dentro de sus familias, seguidas por las esposas o compañeras de las víctimas con un 14 %.
Este episodio ha afectado a la mayoría de zonas del país, especialmente a las más empobrecidas y apartadas; entre ellas se destacan el Magdalena Medio, el Oriente Antioqueño y el Valle de Aburrá, de acuerdo con un reporte de la Comisión Nacional de Memoria Histórica.
Si bien los lugares donde ocurrieron estos hechos atroces deberían ser el medio para encontrar algún rastro de las víctimas, hoy en día es una tarea difícil y en muchos casos casi imposible, debido a que muchos de los cuerpos fueron desaparecidos de formas desgarradoras para esconder el máximo de evidencias y no aumentar las cifras.
Es por esta razón que, las mujeres buscadoras, exigen al Gobierno la verdad de los hechos y la justicia por sus familiares desaparecidos, por lo cual la ley adopta el reconocimiento del derecho a la búsqueda, sensibilización, información, formación, prevención, sanción, atención y protección.
Desde el punto de vista de Alirio Uribe, representante de la Coalición del Pacto Histórico, integrante de la Comisión Primera y ponente del PL 242/22C, “La ciudadanía no se imagina el cambio de vida para una persona que altera toda su agenda para buscar a su hijo o su esposo, y que además dura años en ese proceso de búsqueda, muchas veces bajo amenazas, hostigamientos y mentiras”.
Alirio Uribe, representante del Pacto Histórico, Comisión Primera. Foto: Juan Camilo Díaz.
Conforme a ello, dentro de los artículos 14, 15, 16 y 17 del proyecto, se determina la necesidad de incluir medidas de acceso a la educación a las mujeres buscadoras de víctimas y a sus parientes en primer y segundo grado de consanguinidad. Al mismo tiempo, que se otorguen oportunidades de acceso a los subsidios o programas de vivienda de interés social y de mejoramiento de vivienda a las unidades familiares.
Finalmente, dicho Proyecto de Ley propone la consagración del 23 de octubre como Día Nacional de Reconocimiento a las Mujeres y Personas Buscadoras de víctimas de desaparición forzada.
Principales dificultades de las mujeres buscadoras
El cambio de vida de estas mujeres empieza con el trabajo de búsqueda desde que salen a las calles con una fotografía de sus familiares, no solo con la intensión desesperada de encontrar información sobre ellos, si no con la valentía y persistencia de pedir respuestas ante la Fiscalía y el Instituto Nacional de Medicina Legal, hablando en los medios de comunicación y acudiendo a toda actividad que sea convocada para ampliar sus demandas y ser escuchadas por la comunidad.
Delcy Isaza, representante del Partido Conservador e integrante de la Comisión Primera de la Cámara, asegura que el primer obstáculo a considerar es el de “las mujeres que dejan a un lado su proyecto de vida en el marco de una búsqueda que inicialmente debe estar en cabeza del Estado. En medio de su necesidad por saber acerca de sus familias, en su mayoría de sus hijos, estas mujeres recolectan información, análisis, construyen hipótesis sobre los hechos, ubican testigos e identifican sitios de interés forense, funciones que deben ser desempeñadas por el Estado”.
Delcy Isaza, representante del Partico Conservador, Comisión Primera. Foto: Juan Camilo Díaz.
En consecuencia, la ponente aclara que esto origina una serie de daños en cadena contra la mujer como la exposición a los territorios que aún se encuentran en conflicto y en condiciones no favorables de acceso, así como a daños psicológicos, violencia sexual y de género e incluso daño patrimonial.
Apoyo internacional
El apoyo internacional se ha visto reflejado en el desarrollo del proyecto; según el representante Uribe, “ha sido respaldado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD), el Comité contra las Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas (CED) y algunas delegaciones diplomáticas de Suecia, Países Bajos y Estados Unidos que han estado de acuerdo en que se haga este reconocimiento (…), todo esto va enmarcado a reconocer y fortalecer el proceso de las víctimas en Colombia”.
Por su parte, la representante Isaza destaca que “El reconocimiento a las mujeres buscadoras de víctimas debe avanzar como no ha avanzado en los últimos años, siguiendo lineamientos internacionales del Derecho Internacional Humanitario, y nosotros desde el órgano legislativo debemos captar la realidad vivida por estas mujeres que merecen verdad, justicia, reparación y no repetición”.
Para sintetizar, al reconocer y apoyar a las mujeres buscadoras de víctimas, el Estado colombiano estaría demostrando su compromiso con la reparación integral, la igualdad de género y, en general, la protección de los derechos humanos. La labor de estas mujeres y su agotamiento merecen ser valoradas y respaldadas por las voces que nos representan para que su trabajo sea reconocido por la sociedad.
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